INFORMACIÓN SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DEL NUEVO REAL DECRETO
123/2015, DE 27 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA LICENCIA Y
HABILITACIONES DEL PILOTO DE ULTRALIGERO
El BOE publica en su edición de hoy 27 de febrero el Real Decreto 123/2015, por el que se
regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero.
La entrada en vigor será a los dos meses de su publicación, es decir el próximo 13 de mayo, lo
que implica
• A partir de hoy y hasta su entrada en vigor QUEDAN SUSPENDIDOS LOS EXAMENES
TEÓRICOS PROGRAMADOS EN ESTE PERIODO PARA EL AÑO 2015.
Se mantienen las
fechas de examen teórico programadas con posterioridad al 13 de mayo.
• Los alumnos que en la fecha de entrada en vigor tengan aprobada solamente la
prueba teórica de ULM, tendrán que volver a presentarse al examen teórico que se
convoque en su zona geográfica, con las materias nuevas que establece el Real
Decreto en el artículo 5.
• Los alumnos que tengan aprobado el teórico podrán examinarse de la parte práctica,
hasta el 13 de mayo, si pasada dicha fecha no hubieran aprobado la parte práctica
deben examinarse nuevamente de la parte teórica según lo indicado en el punto
anterior.
• Las licencias actuales siguen teniendo validez durante un año a partir de la fecha de
entrada en vigor del Real Decreto durante ese plazo de un año cada piloto revalidará o
renovará su licencia de acuerdo a los requisitos especificados en el Real Decreto para
insertar las habilitación/es correspondientes
• La habilitación de RTC, seguirá en vigor en las nuevas licencias.
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